IA en el desarrollo de energías renovables

Carolina Vargas

Desde algunas escuelas en Nueva York y compañías como Samsung, hasta estados completos como Italia, han tomado medidas restrictivas para el uso de la inteligencia artificial (IA) por razones de protección de datos personales. Sin embargo, es indiscutible que a pesar de la resistencia que se pueda presentar, el uso cada vez más cotidiano de las tecnologías de la cuarta revolución industrial es un hecho, y el desafío que las mismas representan para el ente regulador es ineludible.

Una de las industrias en las que la IA puede tener mayor asiento es en proyectos de energías renovables (Proyectos FNCER) ya que se ha identificado que la IA contribuye a agilizar los procesos necesarios para su desarrollo, construcción y operación. Dicha incorporación es necesaria atendiendo al llamado de comunidades científicas sobre la necesidad de acelerar transición energética con el fin de combatir el cambio climático.

Gracias a los modelos predictivos a través de los cuales funciona la IA, es posible optimizar los recursos energéticos y los recursos económicos invertidos en Proyectos FNCE y llegar a reducir los costos de mantenimiento y funcionamiento de los equipos, identificando preventivamente problemas, y ajustando automáticamente los sistemas para mejorar su rendimiento (e.g. la gestión de redes inteligentes, mantenimiento predictivo, optimización y maximización del almacenamiento de energía, paneles solares y turbinas eólicas).

No obstante, más allá de los asuntos técnicos en los cuales se puede emplear la IA, estos sistemas predictivos pueden ayudar, incluso, a analizar la bancabilidad de un proyecto de energía renovable en proceso de financiación y en la valoración que hace una compañía en los derivados necesarios para proteger dichos proyectos. Cabe preguntarse ¿qué tan lejos estamos de lograr implementar un marco regulatorio que permita aplicar la IA en el sector energético, sin poner en peligro la seguridad de los datos personales y demás riesgos que la IA conlleva?

A la fecha, el principal avance es el CONPES 3975 de 2019 que incluye la “Política Nacional para la Transformación Digital e Inteligencia Artificial”. Esta política incorporó un plan de acción dirigido a disminuir las barreras que impiden la implementación de tecnologías digitales en el sector privado y público en Colombia; crear instituciones habilitantes para la innovación digital; fortalecer las competencias del capital humano para afrontar las tecnologías; y, desarrollar condiciones habilitantes en la preparación para los cambios económicos y sociales que conlleva la IA.

A partir de ahí, la Misión de Expertos de IA llevó a cabo 2 proyectos: el Laboratorio de Políticas Públicas en IA; y la Plataforma de Empoderamiento: AprendeIA. Además, se desarrollaron varios documentos: un marco ético de implementación de IA, la conceptualización de la economía de intercambio de datos, y el diseño de los Regulatory Sandboxes y Beaches (también relevante en temas de hidrógeno) y un modelo de gobernanza.

Aún hay un gran camino por recorrer para la implementación de la IA en la industria energética, sin embargo, llama la atención que en el capítulo de sostenibilidad y protección del medio ambiente del documento de Diagnóstico elaborado por esta Misión, se hace especial hincapié en el rol de la IA en la gestión de las redes descentralizadas inteligentes que puedan optimizar el uso de energía, equilibrando las necesidades de suministro y demanda de electricidad en tiempo real, así como en el apoyo a los sistemas de energía con bajas emisiones de carbono integrándolo con fuentes de energía renovable y eficiencia energética.

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Créditos sintéticos en el mercado colombiano

En las condiciones de crédito actuales es muy importante para los deudores administrar y gestionar de manera adecuada los riesgos típicos de una financiación externa. Una de esas estrategias ante las variaciones inusitadas en el tipo de cambio y/o las tasas de interés con componentes variables consiste en la contratación de créditos sintéticos. En este consultorio se ofrece una visión panorámica sobre este tipo de créditos.

¿Qué hace que un crédito sea “sintético”

Un crédito es sintético en la medida que está diseñado para simular otro instrumento de crédito (sin serlo). Por ejemplo, el Distrito de Barranquilla (Distrito) cerró recientemente un crédito sintético con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) por 50 millones euros. Bajo este crédito, la AFD ofreció al Distrito sintéticamente un crédito en pesos (le presto el equivalente en pesos de 50 millones de euros, según una tasa de referencia fijada en o antes de la fecha de desembolso), de tal manera que la obligación del Distrito es la de repagar los pesos que fueron equivalentes a esos euros en la fecha de fijación, sin asumir riesgos futuros por variaciones inusitadas en el tipo de cambio.

Ahora bien, aunque la AFD tiene un fondeo en euros, y su balance muy seguramente está preparado en euros, la AFD asumió el riesgo que los flujos futuros en pesos no correspondan al flujo en euros equivalente a los 50 millones de euros en la fecha de repago, para poder ofrecerle al Distrito un crédito tailor made denominado en pesos (moneda en que el Distrito lleva su contabilidad).
Para que la AFD pudiera ofrecer este producto al Distrito, la AFD tuvo que tomar una cobertura en el mercado mostrador para administrar el riesgo de tipo de cambio. De manera que el crédito sintético incorpora una cobertura implícita que es tomada por el acreedor (y no por el deudor).

¿Por qué tiene sentido para un deudor tomar un crédito sintético?

La razón principal para optar por un crédito sintético es la mejor posición que tiene el acreedor (el banco) frente al deudor para negociar el pricing de la cobertura en el mercado mostrador, entre otras razones, por el menor riesgo de crédito que tiene el acreedor (en la mayoría de los casos). Asimismo, un deudor puede verse inclinado por contratar un crédito sintético para ahorrarse honorarios, eventuales costos de mantener un equipo de tesorería o un back office funcionando para celebrar y administrar la cobertura.

¿A qué le deben prestar atención los deudores para negociar estos créditos sintéticos?

En los créditos sintéticos, aun cuando los acreedores toman la cobertura, en la medida que igual el crédito sigue otorgándose en beneficio del deudor, los acreedores buscan distribuir (pero, sobre todo, trasladar) los riesgos de mantener la cobertura implícita al deudor. En esa medida, los acreedores negociarán la incorporación de cláusulas de rompimiento de cobertura, según las cuales el deudor deberá pagar los costos que pueda asumir el acreedor, y el unwinding de la cobertura, como consecuencia de un pago anticipado del deudor o un pago en una fecha diferente a una fecha de pago de capital o intereses.

En estos casos, para el deudor es muy importante revisar el lenguaje final de estas cláusulas con el fin de que costos asociados con el riesgo de crédito del acreedor no sean trasladados al deudor, y se precisen con mucho detalle cuáles son los costos y gastos que terminará asumiendo el deudor por el rompimiento de la cobertura.

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